En un paso regulatorio clave para la industria vitivinícola nacional, el Gobierno firmó el decreto que modifica el Reglamento de la Ley N° 18.455 para crear la nueva categoría oficial de “vino bajo alcohol”, permitiendo una graduación alcohólica real desde los 8,5°. La medida —actualmente en trámite de toma de razón en la Contraloría General de la República— rompe con el estándar histórico mínimo de 11,5° para el consumo directo, sin eliminar la categoría tradicional, estableciendo una convivencia entre ambos segmentos para adaptarse a las nuevas tendencias del mercado.
La decisión llega en un momento de tensión comercial para el sector: mientras la producción chilena en 2026 creció un 13,2% superando los 949 millones de litros, las exportaciones continúan a la baja (con caídas del 12% en volumen entre enero y mayo de 2026), en sintonía con un consumo global que, según la Organización Internacional de la Viña y el Vino (OIV), cayó a su nivel más bajo desde 1957. Fijar el piso en 8,5° alinea a Chile con el estándar general de la OIV y abre una ventana de competitividad para captar a consumidores que buscan moderación, además de facilitar la expresión enológica de valles australes o zonas costeras frías donde las uvas alcanzan naturalmente menor madurez azucarina.
No obstante, la medida instala un debate estructural sobre la distribución del valor en la cadena productiva. Mientras las grandes viñas cuentan con la capacidad financiera para desarrollar marcas y tecnología de desalcoholización o fermentación controlada, los pequeños viñateros observan con cautela cómo este cambio puede incidir en la demanda y el precio de la uva. El desafío para la vitivinicultura chilena radicará en utilizar los 8,5° como una herramienta de innovación y autenticidad territorial, y no meramente como un mecanismo de ajuste de volumen ante la crisis de comercialización.


